Nuevas mejoras en la gestión ambiental de las baterías

Nuevas mejoras en la gestión ambiental de las baterías

Desde el pasado sábado, 25 de julio, ha entrado en vigor el Real Decreto 710/2015 que modifica algunos aspectos sobre la gestión ambiental de las baterías. El sector de la postventa de la automoción ha mostrado su satisfacción al recoger varios de los cambios propuestos.

Los productores de baterías –aquéllos que la introducen por primera vez en el mercado nacional– ya no podrán repercutir en las facturas el coste de la gestión como residuo de las mismas. Éste es uno de los cambios introducidos por la nueva normativa reguladora de las pilas, acumuladores y gestión ambiental de sus residuos, modificación que se recoge tras sugerirlo la patronal Conepa en las observaciones presentadas al borrador.

Según la Federación de Empresarios Profesionales de Automoción, ése era uno de los aspectos que quedaba confuso en el texto inicial, dando opción a que sí se repercutiera ese coste en la factura.

Otro cambio importante para el sector es el referente a la venta a distancia de baterías, es decir, desde otros países. Con la reforma de la ley, para realizar estas ventas, el interesado deberá comunicar su condición de productor al Registro Integrado Industrial, lo que implica que debe cumplir los requisitos establecidos legalmente para los productores registrados.

Objetivo de la norma

El objetivo fundamental de esta norma, que no es exclusiva de las baterías de vehículos, sino de pilas y acumuladores en general, es restringir el uso de sustancias peligrosas y contaminantes.

Así, en otro orden de cosas, la nueva ley prohibe limita el uso de mercurio y cadmio, algo que afecta en el primer caso a las pilas de botón, y, en el segundo, a las baterías de herramientas eléctricas inalámbricas.

La nueva norma, como hemos visto inicialmente, amplía también su articulado relativo a la recogida y gestión de estos residuos, por parte de los productores, importadores y fabricantes, a través de los llamados Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor.

Cualquier operador que recoja, transporte y gestione baterías deberá ser gestor autorizado y cumplir con la legislación de residuos, algo por lo también ha mostrado su satisfacción la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER), ya que supone una garantía ambiental frente a las actividades de los “gestores irregulares”.

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