¿Qué documentación debes llevar siempre en el coche?

¿Qué documentación debes llevar siempre en el coche?

Circular por las carreteras españolas implica cumplir con una serie de obligaciones legales, entre las cuales se encuentra llevar cierta documentación en el vehículo. Esta normativa está establecida en el Reglamento General de Circulación y otras leyes complementarias.

Por ley, hay tres documentos que es obligatorio llevar, aunque con algún matiz o excepción que luego te explicaremos:

  1. Permiso de Conducción

Es el que conocemos como carnet de conducir. Debe estar en vigor y en formato original. Las fotocopias no son válidas, a no ser que estén compulsadas.

En caso de conducir sin llevar contigo el carnet, la sanción es de sólo 10 euros si lo tienes en vigor; si el permiso está caducado, la multa asciende a 80 euros; si está retirado o suspendido, deberás abonar 500 euros y perderás cuatro puntos, y si conduces sin haber tenido nunca carnet, lo peor no es la multa, que asciende a mil euros, sino que podrías ir a la cárcel ya que es un posible delito.

  1. Permiso de Circulación del Vehículo

Es el documento que identifica al vehículo y a su propietario (el conocido como “documentación del coche”), y es emitido por la Dirección General de Tráfico. Al igual que el permiso de conducción, debe ser el original y estar vigente.

Conducir sin este permiso encima puede suponer no sólo una pequeña multa económica, sino incluso la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades, hasta que se regularice la situación.

  1. Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV)

Este documento certifica que el vehículo ha superado las inspecciones técnicas obligatorias y se encuentra en condiciones aptas para circular. Es obligatorio llevar la tarjeta de la ITV y también el informe de la última inspección favorable. ¿Y la pegatina? Por supuesto que es obligatorio llevarla puesta y, de hecho, si no lo haces, te pueden sancionar con hasta 100 euros. ¡Y ojo! Que llevar muchas pegatinas puede incluso acarrear una multa mayor, si el agente considera que te restan visibilidad. No llevar la tarjeta, en cambio, conlleva una sanción pequeña, como la de los otros dos documentos, de sólo 10 euros… Siempre y cuando tu última ITV haya sido favorable.

Ten en cuenta también que si tu coche es de 2015 o posterior, en vez de llevar la clásica cartulina de color, tendrás la tarjeta de ITV electrónica, conocida como eITV… Pero que sea electrónica no significa que no sea obligatorio llevarla.

El resto de posibles documentos, tales como el recibo del seguro o el del impuesto de circulación son recomendables, pero no tienes por qué llevarlos. Nadie te obliga a ello. La confusión viene de que, hasta el año 2008, sí era obligatorio llevar el recibo del seguro. Aún así, te aconsejamos tenerlo en el coche como respaldo, por si los agentes de tráfico, en un momento dado, no pudieran verificar esta información telemáticamente.

Las excepciones

Más que excepción como tal, la aplicación móvil MiDGT permite portar de forma digital tanto el permiso de conducir como el de circulación, “con la misma validez legal que los documentos físicos para conducir dentro de nuestro territorio”, afirma la Dirección General de Tráfico.

No obstante, llevarlo en papel siempre te va a dar un respaldo si te quedas sin batería, por ejemplo, o si el agente que te detiene no tiene cobertura. Así que, no está de más que tengas en la guantera todos los originales.

También es importante que tengas en cuenta que esta app sólo es válida en territorio español.

¿Y si viajas al extranjero?

¡Buena pregunta! Efectivamente, para viajar con tu coche a otros países fuera de la Unión Europea, no basta con estos tres documentos, que sí son válidos dentro de toda la UE, sino que necesitas algunos más, como el permiso de conducir internacional, que puedes tramitar a través de la web de la DGT.

Además, en algunos países es obligatorio circular con el CPD, que es algo así como el pasaporte del coche, y en otros se exige el Certificado Internacional del Seguro (el conocido como “Carta Verde”), que debe expedirte tu compañía aseguradora. Así que, si vas a viajar al extranjero con tu vehículo, infórmate antes.

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